¿Qué hacer si un propietario no paga la administración del edificio?

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¡Lo sabemos! Te ha pasado que una persona no cuenta con el dinero suficiente para pagar la cuota de la administración. Lo que se puede presentar por muchos motivos: pagó el colegio de su hija, hizo mercado, se finalizó el contrato laboral, quien le debía no le pagó… Situaciones como estas hay muchas.

Entonces, ¿qué puedes hacer? 🤷🏽 No te afanes, hoy te presentamos las especificaciones que contiene la Ley 675 de 2001 para que sepas cómo proceder según la normatividad vigente.  

🔗 ¿Vives en un conjunto? Esto es lo que debes saber sobre un administrador de edificios

El pago de la administración sí es obligatorio 👇🏽

Pese a que todas las personas somos susceptibles de tener imprevistos u ocasiones en donde el dinero pareciera no alcanzar, pagar la administración en una copropiedad es un deber; un compromiso que aceptamos al tener un inmueble en propiedad horizontal.

De manera que, en caso de que los propietarios de los bienes privados de un edificio o conjunto se opongan al pago, se puede acudir a la norma colombiana e informarles que “están obligados a pagar las expensas causadas por la administración y la prestación de servicios comunes esenciales para la existencia, seguridad y conservación de los bienes comunes”.

Para ahondar en este punto, te recomendamos consultar la Ley de Propiedad Horizontal en el Capítulo VII, titulado: DE LA CONTRIBUCIÓN A LAS EXPENSAS COMUNES. Específicamente, el Artículo 29: Participación en las expensas comunes necesarias.

Por otra parte, un argumento frecuente para evadir el pago de la administración es que el propietario asegure no habitar el inmueble o no hacer uso de un determinado bien o servicio común. Sin embargo, la norma establece que aun así se debe contribuir oportunamente con las expensas comunes del conjunto.

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Estas son las sanciones que se pueden recibir cuando no se paga la administración 📝

¡Toma nota! Estas son algunas de las penalidades que pueden ser aplicadas a quienes incumplan sus obligaciones: 

1️⃣ Publicar en lugares de amplia circulación de la edificación la lista de los infractores. 

2️⃣ Imponerles intereses por mora mientras persista el incumplimiento. Las multas no pueden ser superiores, cada una, a dos (2) veces el valor de administración, y sumadas no pueden exceder diez (10) veces el monto mensual de la administración. 

3️⃣ ¡Importante! Puedes restringir a la persona infractora el uso y goce de bienes de uso común no esenciales, como salones comunales y zonas de recreación y deporte. 

Eso no es todo, hay más acciones que se pueden tomar 🤔

Cada vez es más frecuente que el cobro lo ejecute una empresa de cobranza, estas entidades suelen llamar directamente al propietario moroso, establecer acuerdos de pago o llegar hasta los cobros pre y jurídicos.

Por su parte, el Instituto Distrital de la Participación Ciudadana advierte que sí se puede impedir el uso de los parqueaderos comunales a los infractores, “ya que (los parqueaderos) han sido entregados a la persona jurídica de la copropiedad, para que mediante sus estatutos internos se reglamente su uso”. 🚘

A manera de dato adicional, también te contamos que en los edificios residenciales y de oficinas, los propietarios ubicados en el primer piso no están obligados a contribuir al mantenimiento, reparación y reposición de ascensores, puesto que no están en la necesidad de usarlos.  

También puedes leer: ¿Tienes un propietario moroso? 8 medidas que debes evitar

Como ves, a la mano tienes varias opciones para invitar al propietario a que se ponga al día con las cuotas de la administración. Por otro lado, si quieres estar al día con los temas de propiedad horizontal, te invitamos a visitar nuestra categoría del blog, en donde encontrarás información relacionada con la normatividad vigente, con la convivencia y administración de un conjunto. Jelpit, ¡bien hecho! 💜

Publicado originalmente en febrero de 2021.

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56 Comentarios

  1. Que acciones legales se deben manejar en Propiedad Horizontal residencial, cuando un propietario soltero sin hijos muere, y lleva 4 años en que los familiares no han hecho el juicio de sucesión y se ha constituido en moroso durante esos 4 Años?

    • Yohana, gracias por tu comentario.
      Lamentamos mucho la situación que se presentó y te contamos que si requieres de asesoría profesional que pueda atender tu caso, puedes agendarla AQUÍ. A propósito de este tema, te invitamos a que revises nuestros artículos, con muchos temas, consejos y recomendaciones que seguro te servirán. Recuerda que en el blog de Jelpit encuentras muchos más contenidos para que tu vida fluya. 💜

  2. Buenas noches. Ante la dificultad de una justicia oportuna para demandar a los morosos en propiedad horizontal por no pago de cuotas de administración que es una constantem se puede solicitar la declaratoria de personas no gratas a los deudores morosos ante la justicia judicial para que se retiren de la propiedad horizontal y no causen perjuicio por el no pago de las expensas necesarias del conjunto residencial. Gracias.

    • Deyanira, gracias por tu comentario.
      Te contamos que una situación como la que nos cuentas necesita de asesoría profesional, para esto puedes agendarla AQUÍ. A propósito de este tema, te invitamos a que revises nuestros artículos, con muchos temas, consejos y recomendaciones que seguro te servirán. Recuerda que en el blog de Jelpit encuentras muchos más contenidos para que tu vida fluya. 💜

    • Mari, gracias por tu comentario.
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  3. Toda constructora que realiza un proyecto inmobiliario sometido al régimen de propiedad horizontal previsto en la ley 675 de 2001 debe crear un reglamento. Pero cuando el representante de la constructora hace la entrega a los propietarios de dicho conjunto. Mi pregunta: ese conjunto debe seguir con ese reglamento o crear su propio reglamento u otro documento.

    • Mireya, gracias por tu comentario.
      Te contamos que una situación como la que nos cuentas necesita de asesoría profesional, para esto puedes agendarla AQUÍ. A propósito de este tema, te invitamos a que revises nuestros artículos, con muchos temas, consejos y recomendaciones que seguro te servirán. Recuerda que en el blog de Jelpit encuentras muchos más contenidos para que tu vida fluya. 💜

  4. Quiero respuestas claras a mis preguntas
    1. Cuando el conjunto es residencial. ¿Es obligatorio tener consejo de administración?.
    2. En conjunto residencial quién elige al administrador.
    3. En asamblea general ordinaria de propietarios, El residente o arrendatario puede participar en esa convocatoria.
    4. Cuáles son los puntos principales que se deben tener en cuenta para esa asamblea.
    5. En que entidad puedo acudir para denunciar esas irregularidades aquí en valledupar.

    • Mireya, gracias por tu comentario.
      Trataremos de dar respuesta a tus preguntas, sin embargo ten en cuenta que para mayor precisión teniendo en cuenta tu caso, te recomendamos contar con la asesoría de un profesional:
      El consejo de administración así como el administrador deben ser elegidos por los propietarios, quienes son los únicos en participar de las asambleas del edificio. Los puntos a tratar en la asamblea varían según las necesidades del conjunto. Te contamos que una situación como la que nos cuentas necesita de asesoría profesional, para esto puedes agendarla AQUÍ. A propósito de este tema, te invitamos a que revises nuestros artículos, con muchos temas, consejos y recomendaciones que seguro te servirán. Recuerda que en el blog de Jelpit encuentras muchos más contenidos para que tu vida fluya. 💜

    • ¡Orlando, gracias por tu comentario!
      Nos encanta que te informes con nuestros contenidos. Te contamos que puedes recurrir a la normatividad vigente AQUÍ para que amplíes la información que te dimos en este blog. Para más noticias relacionadas siempre puedes visitar nuestro blog en la categoría Propiedad Horizontal. Con Jelpit encuentras contenidos para que tu vida fluya. 💜

    • Buenos días disculpe tengo una pregunta cuál es el tiempo de Mora para un cobro pre jurídico y si es legal estar amenazando a los propietarios con cobros jurídico si se atrasa en 1 mes o hasta 2
      2- es legal que si se debe un 1 mes o hasta 2, le bloqueen el ingreso del automóvil al conjunto le agradezco si me puede orientar ofrente a que ente puedo tramitar mi queja , gracias

      • Urias, gracias por tu comentario.
        Revisa muy bien el reglamento interno de tu conjunto para conocer los protocolos en estos casos. Y también, busca llegar a un acuerdo con la administración, así como enviar una carta sustentando tu caso al consejo administrativo y buscar llegar a un acuerdo. Te dejamos la normatividad que rige a las propiedades horizontales AQUÍ.

        Recuerda que, si necesitas orientación profesional, puedes contar con nuestro servicio de asesoría legal AQUÍ. A propósito de este tema, te invitamos a que no te pierdas nuestros artículos de la categoría Propiedad Horizontal, con muchos temas, consejos y recomendaciones que seguro te servirán. Recuerda que en el blog de Jelpit encuentras muchos más contenidos para que tu vida fluya. 💜

  5. Un propietario se niega a pagar administración por cinco años y al solicitarle por todos los pasos a seguir solo se.limita a decir que si le adelantan proceso ejecutivo por el pago atrazado amenaza con matar a l a administradora. Que se puede hacer al respecto.

    • ¡Elizabeth, gracias por tu comentario!
      Te contamos que esta situación debe estar mediada con orientación profesional, te recomendamos nuestro servicio de asesoría legal el cual puedes agendar AQUÍ. A propósito de este tema, te invitamos a que veas nuestros artículos de la categoría Propiedad Horizontal, con muchos temas, consejos y recomendaciones que seguro te servirán. Recuerda que en el blog de Jelpit encuentras muchos más contenidos para que tu vida fluya. 💜

  6. Si un copropietario está en insolvencia económica y ha conciliado con la administración le pueden suspender los servicios de administración del conjunto cerrado ejemplo no permitir ingreso a los visitantes y mensajeros.

    • ¡Sofia, gracias por tu comentario!
      Te contamos que, para esta situación debes consultar el reglamento de propiedad horizontal de tu conjunto, allí debe estar claro el tipo de manejo a estas situaciones. También, puedes contar con orientación profesional con nuestro servicio de asesoría legal AQUÍ. A propósito de este tema, te invitamos a que veas nuestros artículos de la categoría Propiedad Horizontal, con muchos temas, consejos y recomendaciones que seguro te servirán. Recuerda que en el blog de Jelpit encuentras muchos más contenidos para que tu vida fluya. 💜

  7. buenas días. la administración tiene la faculta de pedir una cuota extra para mantenimiento de la unidad adicional del pago de la administración. y nos puede obligar a pagar ..

    • ¡Alfonso, gracias por tu comentario!
      Te contamos que, esta información la puedes consultar en el reglamento de tu propiedad horizontal, la cual debe estar alineada a la normatividad vigente. Si necesitas ayuda más específica, puedes contar con orientación profesional con nuestro servicio de asesoría legal AQUÍ. A propósito de este tema, te invitamos a que veas nuestros artículos de la categoría Propiedad Horizontal, con muchos temas, consejos y recomendaciones que seguro te encantarán. Recuerda que en el blog de Jelpit encuentras muchos más contenidos para que tu vida fluya. 💜

  8. Buedia quisiera saber si en un barrio que tiene propiedad horita de 5 torres y el resto casas se paga administración. Y son de interés social.

    • ¡Martha gracias por tu comentario!
      Te contamos que, por lo general, este tipo de información debe estar estipulada en el reglamento de propiedad horizontal, el cual debe estar alineado a los lineamientos legales. Puedes contar con orientación profesional con nuestro servicio de asesoría legal AQUÍ. A propósito de este tema, te invitamos a que no te pierdas nuestros artículos de la categoría Propiedad Horizontal, con muchos temas, consejos y recomendaciones que seguro te servirán. Recuerda que en el blog de Jelpit encuentras muchos más contenidos para que tu vida fluya. 💜

  9. Me colge en los pagos de administración pir falta de dinero cuando me toco vender porque me iban a embargar segun la abogada del conjunto, decide acercarme arreglar un valor coherente y me dice el administrador que no hay rebaja de nada y q cada vez va aumentar mas

    • Giovanni, gracias por tu comentario.
      Como ya hablaste con el administrador puedes enviar una carta sustentando el caso al consejo administrativo para que se considere tu caso y buscar llegar a un acuerdo. También es bueno que revises muy bien la normatividad que te dejamos AQUÍ.

      Recuerda que, si necesitas orientación profesional, puedes contar con nuestro servicio de asesoría legal AQUÍ. A propósito de este tema, te invitamos a que no te pierdas nuestros artículos de la categoría Propiedad Horizontal, con muchos temas, consejos y recomendaciones que seguro te servirán. Recuerda que en el blog de Jelpit encuentras muchos más contenidos para que tu vida fluya. 💜

  10. Me gustariavqbme enviaras a mi correo como proceder con deudores morosos de cotas de administración de conjuntos recidenciales muchas gracias x tu atencion

    • Adriana, gracias por tu comentario.

      Recuerda que en Jelpit puedes contar con nuestro servicio de asesoría legal AQUÍ. También te invitamos a que no te pierdas nuestros artículos de la categoría Propiedad Horizontal, con muchos temas, consejos y recomendaciones que seguro te servirán. Recuerda que en el blog de Jelpit encuentras muchos más contenidos para que tu vida fluya. 💜

  11. Si el administrador no atiende las quejas y reclamos de los propietarios y el Consejo de Administraciòn no opera (ni siquiera han han elegido presidente) algun(os) propietario(s) se pueden negar a pagar las cuotas de administraciòn?
    En caso que no se pueda, què mecanismo se puede aplicar?

    • Hola Rafael, gracias por escribirnos.

      En este caso el protocolo debe ir estipulado en el reglamento interno del conjunto, debes revisar muy bien en ese documento cómo se debe proceder ante una situación como esta. En todo caso, otro mecanismo con el que cuentan son las asambleas extraordinarias que se convocan para cualquier imprevisto dentro de la propiedad horizontal.

  12. buenas noches si el administrador no responde las comunicaciones relacionadas para que repare la cubierta del edificio que esta presentando goteras en mi apartamento, puedo mandar a reparar los daños por mi cuenta empleando la cuota de administración del inmueble, previa comunicación al administrador esta determinación?. En el reglamento de propiedad no dice nada al respecto.

    • Hola Armando, gracias por escribirnos.

      Te recomendamos que envíes las comunicaciones por escrito al administrador, y en caso de no recibir respuesta, escálalo con el consejo de administración y si es posible convoca una asamblea extraordinaria para poner en conocimiento de los demás propietarios y así tomar las medidas correspondientes.

      Esperamos puedas solucionar este inconveniente. Un abrazo.

  13. Buenas tardes

    Quiero saber si me pueden subir el valor de la administracion sin previo aviso, es decir el dia 8 de junio me dijeron un valor y yo realice el pago correspondiente por ese valor el dia 14 de junio, y la administracion el 28 de junio dice no su valor es superior a ese y ahora usted me debe x dinero porque no pago lo que lo era.

    • Hola Juan, gracias por escribirnos.

      Si tienes alguna duda respecto al pago de la cuota de administración, debes resolverla directamente con el administrador para conocer el porqué del aumento y claridad de las fechas de ajuste de este pago. También recuerda revisar las comunicaciones oficiales de tu conjunto para tener toda la información respecto de estos ajustes. Comenta sobre estos canales, en caso de que no sean tan oportunos, en las asambleas de propietarios.

      Un abrazo.

  14. Tengo una deuda de 5 millones por concepto de no pago de administración el caso ya esta en una casa de cobranzas realice un acuerdo de pago el cual estuve cumpliendo pero quedé sin trabajo y hace 5 meses no cumplo con el acuerdo de pago como no tengo trabajo es válido realizar abonos como pueda ya que esta no es la única deuda por responder

    • Hola Lucia, gracias por escribirnos.

      Te recomendamos comentar la situación con el consejo de administración y así poder llegar a un nuevo acuerdo debido a tu situación.

      Esperamos logres un acuerdo que te ayude. Un abrazo.

    • Hola Meyfer, gracias por escribirnos.

      Debes consultar con la administración y el consejo de administración sobre este caso, y así poder conocer el proceso a realizar conforme a la situación. Esperamos puedas aclarar esto.

      Un abrazo.

  15. Hola. Soy deudora morosa y la verdad no tengo como pagar por ahora.
    Como puedo hacer para empezar desde. Cero sin pagar lo. Q. Debo.
    Gracias

  16. Buenos días,
    Por ser morosa de administración me pueden quitar el servicio de correspondencia o sea no dejan utilizar casillero para recogida de documentos como los de luz, agua etc.
    Gracias

    • Hola Jeannethe, gracias por escribirnos.

      Todas las situaciones, como el no pago de la administración, deben estar contempladas en el reglamento interno de la propiedad horizontal junto con las correspondientes medidas a tomar, revísalo para asegurarte que esta medida es la establecida.

      Un saludo.

    • Hola Anllelo, gracias por escribirnos.

      Depende de lo que establezca su reglamento interno de propiedad horizontal acerca del aumento de la cuota de administración, recuerda que todos estos ajustes deben estar consolidados allí y si están es porque entre todos los copropietarios decidieron que así se diera el aumento. Revísalo y cuestiona la decisión en la asamblea de copropietarios.

      Esperamos encuentres una solución. Un abrazo.

  17. Tengo una duda

    Cuando una persona no está al día con el pago de la administración de una unidad cerrada, es legal que no dejen entrar domicilios al apartamento?

    • Hola Maria Camila, gracias por escribirnos.

      Depende de lo que establezca el reglamento de propiedad horizontal, el tema de los domicilios durante la pandemia, muchos conjuntos establecieron que se deben recoger en la portería, así que depende lo que haya establecido tu conjunto respecto a lo que concierne a los domicilios.

      Esperamos puedas resolver esta situación. Un abrazo.

  18. Buenas tardes.
    Que pasa si el propietario no paga la administración por qué las cuentas del conjunto están embarazadas, y aún así están cobrando intereses de mora.

    • Hola Sandra, gracias por escribirnos.

      En este caso si la cuota fue aprobada en asamblea, es necesario realizar el pago correspondiente, otra cosa es revisar qué dice el reglamento respecto al seguimiento del presupuesto solicitado y pedir un rendimiento de cuentas. Pero ten presente que son dos cosas diferentes.

      Esperamos puedas resolver la situación.

  19. Puede un administrador suspenderme los servicios públicos, en este caso el agua? Que debo hacer si lo hizo, puedo demandar? A quien debo acudir?

    • Hola David gracias por escribirnos.

      En este caso debes tener en cuenta que este tipo de sanción debe estar impuesta siguiendo el debido proceso toda la reglamentación de la ley 675 además de lo que esté detallado en el reglamento de propiedad horizontal te recomendamos acudir a un abogado especialista en todos estos temas de propiedad horizontal para que te ayude a validar cada paso de este proceso.

      Esperamos puedas solucionar la situación.

  20. Que pasa si voy al día por concepto de administración tengo todos los soportes y las cuentas de cobros no registran los pagos aún aportando los comprobantes de pagos.
    Ya se solicito un derecho de petición con estado de cuenta del los años 2021 , 2022 y 2023 se evidencia que no han registrado algunos pagos.

  21. Hola buenas tardes quisiera saber es obligatorio que aumente la cuota de administración anualmente?. O los copropietarios podemos ponernos de acuerdo en que se mantenga el valor actual sin aumento en la asamblea. Ya que la situación esta muy difícil y la cartera de morosidad esta creciendo cada día mas. Que se puede plantear en estos casos.

    • Hola Giomar gracias por escribirnos.

      Lo ideal es que la cuota de administración aumente debido a que el salario mínimo sube y con esto los gastos del pago de personal de asistencia como celadores jardineros o conserjes pero la asamblea es la que decide aumentarla y cuanto de acuerdo a esos gastos del edificio.

      Esperamos te sirva la información. Un saludo.

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